Opinión- Actualidad Metropolitana
Jueves 11 de mayo de 2023
Por: Mahdi Ahmed Lagos Mehraban
Al respecto de la sentencia C-048 de 2017 donde se mencionan principios como el de protección animal, el bienestar animal y la solidaridad social queda claro que si bien los animales gozan de protección por parte de del Estado, conforme a disposiciones normativas como la Declaración Universal de Derechos de los Animales, la Ley 1774 de 2016, por mencionar algunas, estas se interrelacionan con la protección del medio ambiente pues se entiende que es el espacio en donde viven no solo los seres humanos, sino diferentes especies en cuanto a flora y fauna se refiere.
Así pues, es de suma importancia la protección y conservación de los mismos, como lo contempla también la Declaración de Estocolmo especialmente en los principios 2 y 4 por tanto hombres, animales y naturaleza se necesitan unos a otros pues muchos animales dependen del hombre, el ser humano de muchos animales y la naturaleza de ambos para su conservación, desarrollo y evolución.
Ahora bien, la sentencia pone en evidencia las presuntas antinomias normativas que surgen de los diferentes argumentos constitucionales planteados por quienes rechazan la norma o por quienes la defienden en el entendido del maltrato “injustificado” hacía los animales toda vez que en efecto la palabra “injustificado” se puede prestar para interpretaciones en contra de los animales pero a favor de quienes están de acuerdo con ciertas prácticas consuetudinarias como las corridas de toros, las peleas de gallos, el transporte de carga en animales conocido como arriería, la caza y la pesca, los criaderos de mascotas o de quienes apoyan los experimentos científicos practicados en animales o simplemente porque sabemos que muchos animales son fuente de alimento.
No obstante se da una dicotomía cuando frente a esa percepción se encuentran aquellos que no apoyan el maltrato sea cual sea la causa pues, hay quienes realizan diferentes tipos de terapias asistidas con animales ya que “la presencia de animales reduce el estrés y la ansiedad” (…) además de tener múltiples beneficios para las personas con necesidades especiales y donde “el objetivo suele encararse hacia la mejora de las funciones físicas, cognitivas, emocionales y sociales de quienes se benefician de este tipo de tratamiento”. (Escuela de Postgrado de Veterinaria, 2022). Por lo anterior es válido afirmar que son oportunas las normas y principios que establecen como debe ser la relación del ser humano con los animales por el beneficio recíproco, basado “en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel” como lo estipula la Ley 1774 de 2016 en su artículo 3.
Del mismo modo, es evidente el avance jurisprudencial en Colombia siendo así que, cada vez se van desarrollando nuevas normas en aras de proteger a los animales de tal manera que, el 18 de abril del presente año se aprobó en primer debate ante la plenaria del Senado lo que se ha conocido en medios de comunicación como la “Ley Ángel” cuyo fin es convertirse en Ley Ordinaria previa aprobación y que tiene por objeto sancionar las conductas que intrínsecamente se tipifican como maltrato animal pero que aún no regula la Ley 599 de 2000.
Finalmente, se puede concluir que aun cuando, existe toda una normatividad nacional e internacional encaminada a la protección animal como sujeto de derecho por el hecho de ser seres sintientes y lo que eso conlleva, estos no pueden ser absolutos habida cuenta, de lo imprescindible que se hace tener claridad sobre el justificante de maltratar a un animal en un escenario donde varias especies de animales se constituyen en fuente alimentaria en un país donde una buena parte de la población consume, res, pollo, cerdo y/o pescado, en el que el plato típico de Antioquia lleva chicharrón, en el cual la morcilla es reconocida en diferentes departamentos, además hay quienes viven de la ganadería, piscicultura, apicultura, avicultura, entre otros.
*Esta opinión es personal y no compromete a Actualidad Metropolitana.
Actualidad Metropolitana, excelente revista digital
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