Bienestar animal- Actualidad Metropolitana
Por: Actualidad Metropolitana
29 de septiembre de 2025
En un bus de servicio público se presentó un hecho que abrió la discusión entre los pasajeros. Una mujer abordó el vehículo con su perro, lo que generó incomodidad en algunos usuarios que le pidieron descender. Sin embargo, la pasajera decidió continuar su trayecto junto al animal, mientras entre los presentes se generaba un debate sobre si era correcto o no viajar con mascotas en este tipo de transporte.
La normatividad vigente establece reglas claras frente a este tema. El Decreto 1079 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte) indica que el acceso de animales de compañía a los medios de transporte público terrestre debe sujetarse a las políticas de cada empresa, siempre y cuando no se vulneren los derechos de los usuarios ni se ponga en riesgo la seguridad del viaje.
Por su parte, la Ley 1801 de 2016 (Código de Policía) señala que los responsables de animales deben garantizar condiciones de seguridad, higiene y control al movilizarlos en espacios públicos, incluido el transporte. Además, en el caso de perros de razas potencialmente peligrosas, la norma exige bozal, traílla y póliza de responsabilidad civil.
En cuanto al transporte masivo en ciudades como Bogotá, Medellín o Cali, los reglamentos internos de sistemas como TransMilenio, Metro de Medellín y MIO permiten el ingreso de mascotas de tamaño pequeño o mediano, siempre en guacal o bolso especial, salvo los perros guía, que tienen acceso sin restricción alguna por mandato legal.
El caso vivido en el bus refleja la falta de claridad entre los ciudadanos sobre los derechos y deberes en la movilidad de mascotas. La situación, más allá de la polémica, recuerda la importancia de conocer la normatividad y de promover una convivencia respetuosa en el transporte público.
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